CONSTITUCIÓN DEL SUJETO ÉTICO
Pero no es el yo individual el único horizonte de le eticidad humana, pues el fundamento y posibilidad de la libertad creadora de las acciones propiamente éticas, entendida la acción humana como principio y como voluntad, no se dan en el vacío. El yo no puede llega a ser plenamente un yo ético, es decir, un ser que pueda alcanzar su autotrascendencia, si es concebido al margen de la comunidad de yoes con los que convive cotidianamente, y constituyen por ello mismo, la condición de posibilidad de su confirmación y reconocimiento como tal yo.
Savater concibe al yo ético a partir de los principios que para él constituyen los puntos de partida de la reflexión ética, como son: la acción, la existencia dinámica, la posibilidad y la libertad. Sin embargo, un nuevo principio que agrega los anteriormente citados en la intersubjetividad.
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